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Ni irregularidades ni incidencias por parte de la FAS en las subvenciones de 2014 y 2015

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El sábado 18 de marzo, el Heraldo de Aragón publicó el artículo «El interventor municipal detecta irregularidades e incidencias en las subvenciones de 2014 y 2015» en el que, tomando como base el Informe del Interventor del Ayuntamiento de Zaragoza sobre los años 2014 y 2015, dice lo siguiente de la Federación Aragonesa de Solidaridad:

[…] hubo varias entidades que justificaron «un menor importe del concedido», sin que conste que se haya reintegrado la diferencia. Los mismo ocurre en 2015 con otras cinco entidades, entre ellas la Federación Aragonesa de Solidaridad, que además percibió 300 euros más de lo aprobado. […]

La FAS considera que el texto puede dar lugar a equívocos y malinterpretaciones sobre la justificación del convenio de la FAS en el año 2015. En concreto, no consideramos correctas las expresiones:

  • La justificación de “un menor importe del concedido” de la subvención de 2015 no se debe a una insuficiente ejecución o justificación por parte de la FAS, sino que ha sido debida a un cambio de criterio de la Intervención municipal respecto al criterio seguido en los 7 años anteriores y que ha sido comunicada a la FAS con posterioridad a la aprobación, ejecución y justificación del convenio.
  • Que la frase “sin que conste que se haya reintegrado la diferencia” no se puede atribuir al caso de la FAS, ya que el importe no aceptado por la intervención municipal no ha llegado a ser pagado por el Ayuntamiento de Zaragoza. El 10 de enero de 2017 la tesorería municipal ingresó en la cuenta corriente de la FAS el 20% del convenio de 2015 que aún le quedaba por pagar, pero restó el importe no aceptado de la justificación.
  • Que la FAS no ha “percibió 300 euros más de lo aprobado” por este convenio: el Ayuntamiento aprobó una subvención de 36.450 € y la FAS ha percibido 35.310 €. Los 300 € se refieren a la diferencia entre los 1.440 € a los que renunció la FAS (obligados por la diferencia de criterio con la Intervención municipal) y el pago ordenado por la tesorería municipal en enero de 2017 en el que restaron del importe pendiente 1.140 €. A la FAS no se le ha explicado el por qué de la diferencia.

Y para probar estas afirmaciones, hacemos pública la secuencia de hechos acaecida con la justificación del convenio del año 2015:

  • El Ayuntamiento de Zaragoza concedió a la FAS una subvención nominativa y directa (convenio) con fecha de 12 de junio de 2015 por un importe de 36.450 €. El periodo de vigencia del convenio se extendía desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2015. El 13 de julio de 2015 el Ayuntamiento ingresó a la FAS el 80% del importe concedido: 29.160 €.
  • El 30 de marzo de 2016, cumpliendo con el plazo establecido en la normativa que regula el convenio, la FAS presentó la justificación del proyecto subvencionado, entregando para ello las facturas y documentos de pago que justificaban el 100% del proyecto (tanto de la subvención concedida como de la aportación realizada por la FAS), junto a los informes y certificados preceptivos.
  • En mayo de 2016 la Oficina de Cooperación al Desarrollo del Ayuntamiento de Zaragoza nos comunicó que la Intervención municipal no aceptaba la imputación como gasto directo del gasto de alquiler de oficina justificado en el convenio. El importe de ese gasto justificado pero no aceptado ascendía a 1.440 €.
  • Hay que hacer constar que entre el año 2008 y el año 2014, en el convenio con el Ayuntamiento de Zaragoza la FAS ha imputado como gasto directo una parte del gasto del alquiler y siempre había contado con el visto bueno de los servicios administrativos y la Intervención municipal, que entendían que era un gasto directo necesario para el desarrollo de algunas de las actividades incluidas en el convenio (como el servicio de atención ciudadana y la asesoría sobre cooperación, ONGD y el voluntariado).
  • El cambio de criterio interpretativo en la justificación del convenio de 2015 no había sido comunicado previamente a la FAS. Es más, en el presupuesto que presentó la FAS y que fue aprobado por el Ayuntamiento el 12 de junio de 2015, la partida de gastos de alquiler de espacios era la misma que la de años anteriores, comunicándosenos el cambio de criterio tras haber ejecutado y justificado el gasto.
  • La FAS no estuvo de acuerdo con este cambio de criterio “a posteriori” y presentó por registro con fecha 20 de mayo de 2016 una declaración en la que manifestábamos que la parte imputada del arrendamiento tenía consideración de gasto directo puesto que se había dedicado íntegramente a la ejecución de las actividades previstas en el convenio. Durante los siguientes meses mandamos a la Oficina de Cooperación al Desarrollo y al Servicio Administrativo de Derechos Sociales dos nuevos certificados e informes defendiendo nuestro criterio (el mismo mantenido por el Ayuntamiento y la Intervención en los últimos años).
  • Finalmente, el 24 de octubre de 2016, tras ver que nuestros informes no eran aceptados, presentamos una carta de renuncia al importe no aceptado por la intervención municipal: 1.440 €.
  • El 7 de noviembre de 2016 el Ayuntamiento envió a la FAS la notificación de un decreto de fecha 28 de octubre en la que informaba en el punto PRIMERO de que habíamos justificado 35.310 € y en el punto SEGUNDO de que del 20% del convenio que quedaba por abonar a la FAS, se le iban a restar 1.440 €, quedando pendiente de pago un importe de 5.850 €.
  • El 10 de enero de 2017 el Ayuntamiento ingresó a la FAS 6.150 € (300 € más de lo que nos había comunicado en el punto segundo de la notificación de fecha 7 de noviembre de 2016).
  • El 2 de febrero de 2017 recibimos del servicio de Tesorería del Ayuntamiento de Zaragoza un documento con fecha de 9 de enero de 2017 con la orden de transferencia por un importe de 6.150 €: el 20% del convenio una vez realizada una retención de 1.140 €. Desde el Ayuntamiento no se nos explicó el porqué de la diferencia entre el importe renunciado y el comunicado por la Tesorería del Ayuntamiento.
  • Última hora, información actualizada: El 7 de abril de 2017 la FAS recibe una carta certificada por parte del Ayuntamiento en la que se nos comunica el error en el ingreso del 20% de la subvención y se comunica un número de cuenta en el que hacer la devolución. La misma mañana del 7 de abril la FAS procede a realizar la transferencia de los 300 € al Ayuntamiento.

En la FAS, como organización de la sociedad civil que recibe fondos públicos, la transparencia y la rendición de cuentas está presente siempre en nuestra forma de trabajo.

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